Las restricciones de viajar introducidas por las autoridades tunecinas en nombre de la seguridad se están imponiendo con frecuencia de forma arbitraria, discriminatoria y extrema, burlando derechos humanos fundamentales. Así lo afirma Amnistía Internacional en un informe publicado hoy. Desde 2013, el Ministerio del Interior tunecino ha impuesto restricciones de circulación a casi 30.000 personas en virtud de las “medidas S17” de control de las fronteras. Estas medidas no son públicamente accesibles y carecen por completo de vigilancia judicial.
En el informe “They never tell me why”: Arbitrary restrictions on freedom of movement in Tunisia, Amnistía Internacional describe los casos de al menos 60 personas a las que se ha impedido ilegalmente viajar al extranjero o circular dentro de Túnez entre 2014 y 2018. En el informe se describen con detalle los devastadores efectos que han tenido estas medidas en la vida diaria de las personas afectadas, impidiendo a muchas de ellas trabajar, estudiar o llevar una vida familiar normal.
“La arbitrariedad y discriminación con que se están aplicando las medidas S17, sin autorización judicial previa, vulneran los derechos humanos de cientos de personas”, ha manifestado Heba Morayef, directora de Amnistía Internacional para Oriente Medio y el Norte de África.
“No cabe duda de que impedir los ataques armados contra civiles dentro y fuera del país debe ser prioritario para las autoridades tunecinas, pero dar libertad absoluta a la policía para imponer restricciones ilícitas y generalizadas a cientos de personas sin supervisión judicial es un error, y no elimina las amenazas para la seguridad de Túnez.”
En su informe, Amnistía Internacional describe cómo se han aplicado selectivamente las medidas S17 contra personas por sus supuestas convicciones religiosas o su apariencia física —como hombres con barba o mujeres con el niqab—, o por tener en su haber condenas relacionadas con actividades de grupos islámicos anteriormente prohibidos. En todos los casos, las medidas se impusieron sin autorización judicial y sin existir pruebas que relacionaran a las personas afectadas con actividades delictivas o con grupos armados.
“Las actuales medidas de control de las fronteras restringen el derecho a la libertad de circulación, no tienen base jurídica alguna y no pueden justificarse como necesarias o proporcionadas. Vulneran tanto las obligaciones internacionales de Túnez en materia de derechos humanos como la propia Constitución nacional”, ha afirmado Heba Morayef.
Las medidas S17 se adoptaron en 2013 como parte de un plan nacional para combatir el terrorismo. Las autoridades aseguran que estas medidas tienen por objeto impedir que personas sospechosas de asociación con grupos yihadistas se incorporen a grupos armados en el extranjero, como el autodenominado Estado Islámico en Siria, así como vigilar los movimientos de quienes han regresado de zonas de conflicto.
Sin embargo, la investigación de Amnistía Internacional demuestra que, en al menos 37 casos documentados desde 2016, estas restricciones se han impuesto arbitrariamente a personas para impedirles desplazarse entre ciudades tunecinas. Se prohibió salir del país sin justificación alguna a 23 personas como mínimo.
Las medidas S17 se imponen sin autorización ni supervisión judicial. Los criterios para cursar una orden S17 no se hacen públicos, y la persona afectada no recibe una notificación por escrito o una justificación clara de la decisión. Como consecuencia de esa falta de información acerca de los motivos de imposición de las medidas S17, las personas afectadas a menudo no pueden impugnarlas ante un tribunal ni buscar justicia y reparación por las violaciones de derechos humanos que han sufrido.
“Al dejar exclusivamente en manos del Ministerio del Interior la decisión de imponer medidas de control sin una supervisión judicial efectiva, las autoridades tunecinas están permitiendo su uso indebido”, ha dicho Heba Morayef.
“Urge adoptar reformas que impidan la imposición arbitraria de las medidas S17 sin aprobación judicial.”
Arbitrarias y discriminatorias
Mehdi, de 29 años, profesor de informática y periodista de Túnez, contó a Amnistía Internacional que había sido repetidamente hostigado e interrogado por la policía tras ser objeto de una orden S17.
“Siempre me hacían las mismas preguntas: ‘¿Rezas?’ ‘¿Vas a la mezquita?’ ‘¿Escuchas a los jeques por televisión?’ Una vez incluso me tomaron una muestra de ADN sin explicarme para qué”, contó, y describió su experiencia como “una pesadilla”.
En algunos casos, personas que se dedicaban al comercio transfronterizo ya no podían ganarse la vida debido a las restricciones de viajar que les habían impuesto.
Mohamed Guerfel, dueño de un modesto comercio en Ben Guerdane, localidad tunecina próxima a la frontera con Libia, perdió su única fuente de ingresos al ser objeto de una orden S17 que le impedía viajar a Libia para adquirir mercancía.
Najamaeddine, pescador de profesión, contó a Amnistía Internacional que tenía arbitrariamente restringida su libertad de circulación después de que un hombre con el que solía trabajar hubiera viajado a Siria, al parecer para unirse al Estado Islámico.
“Nunca me habían detenido, y menos condenado, y en ningún momento me explicaron por qué se me imponía esta medida […] Es completamente absurdo. No sé qué hice mal. Si hice algo mal, prefiero que me metan en la cárcel a vivir todo el tiempo con esta angustia”, dijo.
Lotfi, de Kaserine, explicó que una orden S17 le había impedido viajar a Francia para cuidar de su madre enferma. Tuvo que esperar dos horas en el aeropuerto antes de ser rechazado.
“Me hicieron dar la vuelta sin darme explicaciones ni la oportunidad de comprender los motivos. Es una injusticia”, afirmó.
Amnistía Internacional insta al gobierno de Túnez a garantizar que todas las medidas de seguridad están prescritas en la ley y se ajustan al derecho internacional de los derechos humanos.
“El gobierno de Túnez debe garantizar el levantamiento de todas las restricciones arbitrarias para viajar, y asimismo que todas las medidas de restricción de la libertad de circulación tienen una base jurídica inequívoca, son necesarias y proporcionadas, y se ajustan a la legislación tunecina y al derecho internacional de los derechos humanos”, ha manifestado Heba Morayef.
El derecho a la libertad de circulación está garantizado por el artículo 12 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que es jurídicamente vinculante para Túnez. La Constitución de Túnez, además, garantiza la libertad de circulación en su artículo 24, y establece que toda restricción de derechos humanos debe ajustarse a derecho e imponerse de una manera proporcionada que no vulnere los derechos de la ciudadanía.
Desde 2015, tras una serie de ataques armados, las autoridades tunecinas declararon el estado de excepción y reforzaron la seguridad con medidas que han socavado gravemente los derechos humanos y el Estado de derecho.