Se calcula que 370 millones de personas en el mundo se identifican como indígenas. En Paraguay, según el último Censo oficial en la materia, se considera que son aproximadamente 115.000 personas, viviendo en 772 comunidades correspondientes a 19 pueblos.
En Paraguay, Amnistía Internacional trabaja para que se cumplan de manera integral las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en los casos de las comunidades indígenas Yakye Axa y Sawhoyamaxa. Paraguay es el único país que ha sido sentenciado en tres ocasiones por la Corte IDH por la violación colectiva a tierras.
En este sentido, cabe destacar que en ambos casos se ha logrado la restitución de sus tierras. En el caso Yakye Axa este acto se produjo en enero de 2012. Y, en el caso Sawhoyamaxa, en junio de 2014, a través de una ley de expropiación.
Sin embargo, aún luego de promulgarse la ley de expropiación que devuelve sus tierras ancestrales a la comunidad indígena Sawhoyamaxa, la empresa expropiada promovió dos acciones de inconstitucionalidad en contra de la misma, que fueron rechazadas por la Corte Suprema de Justicia. Ahora se espera el traspaso del título a nombre de esta comunidad.
Asimismo, la comunidad indígena Yakye Axa necesita trasladarse a sus tierras. Pese a contar con el aseguramiento de las mismas, la falta de diligencia del Estado en la construcción de un camino de todo tiempo frustraron hasta el momento este propósito. Urge que en este momento se planifique adecuadamente el trabajo requerido y las obras se ejecuten lo antes posible.
Por otra parte, nos encontramos trabajando una acción urgente por el caso de los Ayoreo Totobiegosode, en la que solicitamos al Estado paraguayo: – que protejan los territorios que son propiedad legal de los ayoreo-totobiegosode y tomen las medidas necesarias para otorgar reconocimiento legal y protección al resto de sus tierras ancestrales, territorios y recursos naturales. – que tomen medidas inmediatas para impedir la entrada de cualquier persona o grupo en el territorio en el que viven los pueblos indígenas en aislamiento voluntario, impidan cualquier cambio en sus recursos naturales e investiguen y emprendan acciones legales contra cualquier persona o grupo que haga tales cambios en dicho territorio. – que se abstengan de conceder licencias para actividades relacionadas con la extracción de recursos naturales, incluidas la deforestación, la ganadería y la industria agroalimentaria, en zonas con presencia de pueblos indígenas en aislamiento voluntario. – y, en caso de que actualmente existan licencias o autorizaciones para llevar a cabo esas actividades, suspenden dan o cancelen, y revisen sus términos con el fin de determinar qué modificaciones son necesarias para garantizar que se respetan plenamente los derechos de los pueblos indígenas en aislamiento voluntario y contacto inicial afectados, y realizar esas modificaciones sin demora.
Más información en: http://goo.gl/pCgcu2