Paraguay: Juicio contra joven por protestar cuando aún era adolescente es un uso abusivo del sistema de justicia y criminaliza el activismo

El juicio oral público que inicia este 1 de agosto en contra del joven Ernesto Ojeda es una respuesta desproporcionada del sistema penal en contra de alguien que cuando era adolescente participó en actos de activismo con la intención de mejorar el derecho a la educación, afirmó hoy Amnistía Internacional.  

El juicio se desarrollará entre el 1 y el 7 de agosto por una acusación por los delitos de “coacción, coacción grave, privación de libertad y resistencia” en la ciudad Fernando de la Mora. Esto en relación con hechos ocurridos en septiembre 2017 en el Colegio Fernando de la Mora cuando Ernesto tenía diecisiete años y se desempeñaba como coordinador ejecutivo de la Federación Nacional de Estudiantes (Fenaes). En esa fecha, Ernesto Ojeda y otros compañeros y compañeras estaban pidiendo la ampliación del presupuesto educativo destinado a realizar mejoras edilicias, entre otros reclamos. Como parte de su protesta “tomaron” el colegio.

Amnistía Internacional considera que la imputación con delitos que tienen una pena de prisión representa una manera excesiva e imprecisa de emplear el sistema penal, sobre todo en cuanto a delitos como el de “coacción” que se encuentra redactado de manera tan vasta en el Código Penal que socava el principio de legalidad pues una multiplicidad de conductas no definidas podrían interpretarse de tal forma que se ajustarían a dicha descripción legal, lo que propicia que la aplicación de este tipo de delito se realice de forma arbitraria. De igual manera, el proceso penal en contra de Ernesto Ojeda no exploró posibles medidas alternativas que se pudieron haber aplicado en este caso, tomando en cuenta que los estándares internacionales de derechos humanos estipulan que los adolescentes deben permanecer alejados lo más posible del sistema de justicia penal, dado su nocivo efecto en el desarrollo de la persona. 

Finalmente, el hecho de que el juicio se desarrollará en un juzgado ordinario para adultos que no está equipado o especializado para adolescentes, contradice las obligaciones del estado Paraguayo bajo la Convención sobre los Derechos del Niño de la ONU, suscrita en 1990.  Si bien la investigación preliminar contra Ernesto Ojeda se hizo bajo supervisión de un juzgado de menores, la fase de juicio oral tomará lugar en un juzgado ordinario, a pesar de que apenas Ernesto tiene mayoría de edad y tiene el derecho de enfrentar un juzgado para adolescentes debido a que los hechos ocurrieron cuando aún era un adolescente. 

La Observación General Número 10 del Comité de la ONU sobre los Derechos del Niño, organismo que rige el cumplimiento de la Convención arriba mencionada, exige la especialización de fiscales, jueces y agentes de policía que intervengan en procesos penales contra niños y adolescentes o personas que eran adolescentes en el momento de los hechos. En este sentido, el artículo 225 del Código de la Niñez y la Adolescencia de Paraguay, también establece algunos requisitos especiales para jueces, fiscales y defensores públicos que intervienen en procedimientos contra adolescentes, señalando que “deben tener experiencia y capacidades especiales en materia de protección integral, educación y derechos humanos”. 

Amnistía Internacional considera que debido a que el juicio en contra de Ernesto Ojeda no cuenta con las garantías adecuadas y que está basado en un uso abusivo del sistema penal, representa una respuesta del Estado que criminaliza el activismo social y manda un mensaje amedrentador a otras personas jóvenes que quieran luchar por sus derechos.

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