Declaración escrita de Amnistía Internacional ante el Consejo de Derechos Humanos de la ONU en su 31º periodo de sesiones (29 de febrero – 24 de marzo de 2016)
Amnistía Internacional reitera su apoyo al trabajo que la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos realiza para mejorar el respeto de los derechos humanos. Su labor, especialmente la relativa a la vigilancia de los derechos humanos, va a ser todavía más fundamental dados los inciertos desafíos que para los derechos humanos supondrá un acuerdo de paz entre el gobierno y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC). Para hacer frente a estos desafíos, especialmente para prevenir los abusos y violaciones de derechos humanos y luchar contra la impunidad, es preciso reforzar la función de vigilancia desempeñada por la Oficina.
Esta declaración ofrece una exposición general de los motivos de preocupación de Amnistía Internacional en Colombia y las recomendaciones para los Estados miembros y Estados observadores del Consejo de Derechos Humanos.
El proceso de paz
El proceso de paz ha progresado tanto desde que comenzaron las conversaciones oficiales en 2012 que Colombia está ahora más cerca que nunca de poner fin a un conflicto armado de 50 años de duración que ha dejado una cicatriz indeleble en millones de mujeres, hombres, niñas y niños. El cese unilateral del fuego por parte de las FARC y la suspensión, por parte del gobierno, de los bombardeos aéreos contra posiciones de las FARC han aliviado algunos de los peores efectos que el conflicto ha tenido para la población civil que vive en zonas rurales. El Acuerdo sobre las Víctimas del Conflicto, hecho público el pasado diciembre, supone un primer paso importante, aunque imperfecto, para abordar la injusticia.
La participación de la comunidad internacional en el proceso de paz es muy importante. Por ejemplo, la resolución 2261 (2016), recientemente adoptada por el Consejo de Seguridad de la ONU, que autoriza una misión en Colombia tras el acuerdo de paz para observar y verificar el cumplimiento del alto al fuego y el cese de hostilidades, puede, si se aplica de manera efectiva, impulsar las perspectivas de paz.
No obstante, el legado de delitos de derecho internacional y de abusos y violaciones de derechos humanos que se han cometido de manera generalizada y sistemática, unido a la arraigada impunidad que los ampara, implica que, pese a los progresos respecto a la paz, persisten numerosos problemas humanitarios y de derechos humanos, aparentemente insolubles, relacionados con el conflicto, que muy probablemente podrían agudizarse en un entorno de post conflicto. Por este motivo, la oleada de bien fundado optimismo debe atemperarse con una dosis de cautela.
El Acuerdo sobre las Víctimas del Conflicto, aunque supone un importante paso adelante, y es una señal clara de que el fin de las hostilidades está prometedoramente cerca, contiene, no obstante, una serie de disposiciones, así como una serie de ambigüedades, que parecen no ser conformes con el derecho y las normas internacionales sobre el derecho de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación. Por ejemplo, las sanciones no privativas de libertad expuestas en el acuerdo para quienes reconozcan su responsabilidad en violaciones graves de derechos humanos e infracciones graves del derecho internacional humanitario no parecen ser proporcionales a la grave naturaleza de los delitos de derecho internacional. Por ello, esas sanciones pueden incumplir la obligación contraída por el Estado de prevenir y sancionar esos delitos de derecho internacional y, de esa manera, pueden seguir minando una rendición de cuentas efectiva.
Defensores y defensoras de los derechos humanos, y comunidades y grupos en situación de riesgo
El conflicto armado aún en curso sigue teniendo consecuencias devastadoras para los derechos humanos de muchas comunidades, especialmente en las zonas rurales y en algunas zonas urbanas pobres. Los pueblos indígenas, las comunidades afrodescendientes y campesinas y los defensores y defensoras de los derechos humanos se ven especialmente afectados. Todas las partes en el conflicto –las fuerzas de seguridad, los paramilitares y los grupos guerrilleros– son responsables de delitos de derecho internacional y de abusos y violaciones de derechos humanos, tales como homicidios ilegítimos, desplazamiento forzado, desapariciones forzadas, amenazas de muerte, tortura y delitos de violencia sexual.
Hasta diciembre de 2015, la Unidad de Víctimas, establecida por el gobierno, había registrado aproximadamente 7,8 millones de víctimas del conflicto. A lo largo del último año, Amnistía Internacional ha expresado especial preocupación por la situación a la que se enfrentan los pueblos indígenas, entre ellos los del departamento del Cauca, y las comunidades afrodescendientes, como las que viven en Buenaventura, departamento de Valle del Cauca, y las zonas circundantes.
La situación a la que se enfrentan los defensores y defensoras de los derechos humanos se ha deteriorado en muchos aspectos a lo largo del año pasado. Según la ONG Somos Defensores, entre enero y septiembre de 2015 fueron víctimas de homicidio 51 defensores y defensoras de los derechos humanos, frente a los 45 del mismo periodo de 2014. Durante el último año también se ha incrementado el número de amenazas de muerte contra personas que defienden los derechos humanos y personas que hacen campaña sobre cuestiones relacionadas con la paz y con otros temas. Al parecer, los responsables de la mayoría de las amenazas y los homicidios fueron los grupos paramilitares.
Amnistía Internacional mantiene asimismo una preocupación constante por el uso indebido del sistema judicial para desacreditar la labor de quienes defienden los derechos humanos. Un ejemplo es el caso del líder indígena Feliciano Valencia, condenado a 18 años de prisión en septiembre de 2015 por mantener cautivo ilegalmente a un miembro de las fuerzas de seguridad que se había infiltrado en una protesta indígena en el departamento del Cauca. Feliciano Valencia, que niega los cargos, lleva mucho tiempo sufriendo el acoso de las autoridades civiles y militares tanto locales como regionales.
Impunidad
La preocupación por la posibilidad de que el Acuerdo sobre las Víctimas del Conflicto no haga comparecer ante la justicia a los presuntos responsables de abusos y violaciones de derechos humanos según lo dispuesto por el derecho y las normas internacionales se ve intensificada por varias leyes aprobadas en 2015 por el Congreso colombiano, en concreto la Ley 1765 y el Acto Legislativo núm. 1, que reforma el artículo 221 de la Constitución. Las dos leyes amplían el ámbito de actuación del sistema de justicia militar y, con ello, amenazan con dificultar aún más la rendición de cuentas de los miembros de las fuerzas de seguridad implicados en delitos de derecho internacional y violaciones de derechos humanos tales como ejecuciones extrajudiciales. Quienes hacen campaña en favor de la justicia siguen enfrentándose a amenazas de muerte y otras violaciones de derechos humanos.
La restitución de tierras
El proceso de restitución de tierras sigue plagado de dificultades. Este proceso comenzó en 2012 con la entrada en vigor de la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras y sus decretos asociados, con la finalidad de devolver a sus legítimos ocupantes parte de los millones de hectáreas de tierras que fueron objeto de apropiación indebida durante el conflicto. No obstante, el Estado no está garantizando la seguridad de quienes desean retornar, y no les está brindando un apoyo socioeconómico efectivo. Al terminar el año sólo se habían dictado sentencias judiciales que ordenaban la devolución de 58.500 hectáreas de tierras reclamadas por campesinos, un territorio indígena de 50.000 hectáreas, y un territorio afrodescendiente de 71.000 hectáreas.
En junio de 2015, el Congreso aprobó la Ley 1753, que contiene disposiciones que podrían permitir que empresas mineras nacionales e internacionales y otras personas y entidades con intereses económicos se hagan con la propiedad legal de tierras que podrían haber sido objeto de apropiación indebida mediante delitos de derecho internacional. Esto podría socavar el derecho de muchos de los ocupantes legítimos de estas tierras a la restitución de sus tierras y territorios.
El papel de la comunidad internacional
La comunidad internacional tiene un papel fundamental que desempeñar para asegurar que el proceso de paz garantiza el pleno disfrute de los derechos humanos y, en particular, el derecho de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación, incluidas garantías de no repetición, de acuerdo con lo dispuesto por el derecho y las normas internacionales. Una paz estable requerirá unos mecanismos judiciales efectivos para abordar el déficit de justicia, así como medidas integrales para prevenir futuros delitos de derecho internacional y abusos y violaciones de derechos humanos.
A este respecto, la misión política especial creada por la resolución 2261(2016) del Consejo de Seguridad es un paso adelante importante y muy bienvenido. Cualquier misión de este tipo, para ser efectiva, debe incluir un componente de derechos humanos. La amenaza para los derechos humanos en Colombia no procedería principalmente de las posibles violaciones del acuerdo de alto al fuego o cese de hostilidades, que es en lo que se centra la misión propuesta, sino en las tácticas de “guerra sucia” utilizadas contra la población civil por todas las partes en el conflicto. Esas tácticas, dirigidas especialmente contra comunidades que plantan cara a poderosos intereses económicos en sus tierras y territorios, continuarán, y podrían intensificarse una vez firmado el acuerdo de paz.
Por tanto, Amnistía Internacional insta a los Estados miembros y Estados observadores del Consejo de Derechos Humanos a:
- plantear estas preocupaciones y recomendaciones en el debate del Consejo de Derechos Humanos, y en las conversaciones bilaterales con el gobierno colombiano;
- insistir en que las partes en el conflicto deben poner en práctica en su totalidad y sin demora tanto las recomendaciones formuladas por el alto comisionado de la ONU para los derechos humanos como las recomendaciones en materia de derechos humanos formuladas por otros órganos de las Naciones Unidas;
- pedir a todos los actores pertinentes que se aseguren de que el Acuerdo sobre las Víctimas del Conflicto garantiza el derecho de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación, incluidas garantías de no repetición, de acuerdo con lo dispuesto por el derecho y las normas internacionales;
- instar a las autoridades a derogar la legislación que, como la Ley 1765 y el Acto Legislativo núm. 1, podrían aumentar la impunidad de que gozan los miembros de las fuerzas de seguridad implicados en violaciones de derechos humanos;
- pedir al gobierno que ponga en práctica medidas efectivas para prevenir los abusos y violaciones de derechos humanos, incluidas la disolución de los grupos paramilitares y la ruptura de sus vínculos con agentes estatales;
- insistir en que las autoridades colombianas deben adoptar medidas específicas para garantizar la seguridad de grupos y comunidades en especial situación de riesgo, como los pueblos indígenas, las comunidades afrodescendientes y campesinas, los reclamantes de tierras, los defensores y defensoras de los derechos humanos, los sindicalistas y los periodistas;
- pedir a las autoridades que aborden las graves deficiencias de la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras y de su implementación, y que deroguen las disposiciones de la Ley 1753 que podrían minar el derecho a la reparación de muchos reclamantes de tierras, especialmente en los territorios indígenas y afrodescendientes;
- abogar por que la misión política especial creada por la resolución 2261(2016) del Consejo de Seguridad esté dotada de un componente de derechos humanos que complemente la función de la actual Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, cuyo papel de vigilancia y elaboración de informes debe reforzarse.