Arabia Saudí sigue siendo uno de los ejecutores más prolíficos del mundo.
Figura entre los tres mayores ejecutores del mundo, superado sólo por China e Irán, en el último informe sobre la pena de muerte en el mundo de Amnistía Internacional.
Al menos 2.208 personas ejecutadas entre enero de 1985 y junio de 2015
102 personas ejecutadas entre enero y junio de 2015
90 personas ejecutadas en todo 2014.
El 48.5 por ciento de las personas ejecutadas entre enero de 1985 y junio de 2015 –1.072– eran ciudadanos extranjeros, que representan alrededor del 33 por ciento de la población de aproximadamente 30 millones de Arabia Saudí.
Las ejecuciones por delitos relacionados con drogas pasaron de apenas el 4 por ciento en 2010 y 2011 al 28 por ciento en 2012 y al 32 por ciento en 2013. En 2014 y hasta junio de 2015, el porcentaje se había incrementado hasta el 47 por ciento.
Lo que significa que casi la mitad de las ejecuciones en 2014 y hasta junio de 2015 son por delitos no letales.
La decapitación es el método de ejecución más extendido en Arabia Saudí, pero también se llevan a cabo ejecuciones por pelotón de fusilamiento.
Las ejecuciones públicas normalmente se realizan en la plaza pública de una ciudad o localidad.
La pena capital se aplica en Arabia Saudí en contravención de las leyes y normas internacionales de derechos humanos. Los juicios por delitos penados con la muerte se celebran a menudo en secreto y a las personas acusadas se les niega habitualmente el acceso a un abogado.
Los acusados pueden ser declarados culpables sin más pruebas que “confesiones”obtenidas con tortura u otros malos tratos, o mediante engaño.
Delitos no letales como el “adulterio”, robo a mano armada, “apostasía”, delitos de drogas, violación, “brujería” y “hechicería” son punibles con la muerte.
La mayoría de las ejecuciones realizadas en Arabia Saudí por delitos no letales fueron por delitos relacionados con drogas, en los que no hay imposición preceptiva de la pena de muerte según la interpretación de las autoridades de la ley islámica (sharia).
Se ejecuta a personas que presuntamente eran menores de edad en el momento del delito por el que han sido condenadas, en flagrante incumplimiento de la Convención sobre los Derechos del Niño de la ONU.
En algunos casos no se avisa con antelación a los familiares de los condenados a muerte de las ejecuciones, y en otros casos no se les devuelve el cuerpo.
Tampoco se libran de ser condenadas a muerte personas con discapacidad mental.