Irán: Debe anularse la pena de muerte impuesta a un menor para demostrar que el examen ante la ONU no es mera “publicidad”

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A fin de demostrar que su participación en las sesiones del Consejo de Derechos Humanos de la ONU en Ginebra no es un mero ardid publicitario, las autoridades iraníes deben suspender todos los planes de ejecución de una persona que fue condenada a muerte por delitos presuntamente cometidos cuando era menor de edad y ordenar una revisión de judicial su caso, ha manifestado Amnistía Internacional.

La ejecución de Saman Naseem, miembro de la minoría kurda de Irán, tras un juicio manifiestamente injusto, basado en “confesiones” hechas bajo tortura, tenía que haberse llevado a cabo un mes antes de la sesión del 19 de marzo del Consejo de Derechos Humanos de la ONU, pero no tuvo lugar, y las autoridades se niegan desde entonces a revelar su suerte y su paradero.

“Tememos que las autoridades iraníes haya aplazado la ejecución de Saman Naseem simplemente para evitar las críticas y condenas en la sesión del Consejo de Derechos Humanos de la ONU, con lo que estaría más expuesto aún a ser ejecutado una vez terminado el examen”, ha explicado Hassiba Hadj Sahraoui, directora adjunta del Programa de Amnistía Internacional para Oriente Medio y el Norte de África.

“Las autoridades iraníes deben demostrar que están realmente dispuestas a cumplir con sus compromisos en materia de derechos humanos y que su participación en el examen de la ONU no es mera publicidad. No deben llamarse a engaño creyendo que, retrasándola o llevándola a cabo el secreto, la ejecución de Saman Naseem va a pasar desapercibida.”

Saman Naseem fue condenado a muerte en abril de 2013 en Mahabad, provincia de Azerbaiyán Occidental, por acusaciones de pertenencia a un grupo armado de oposición kurdo y participación en actividades armadas contra la Guardia Revolucionaria. Tenía 17 años en el momento de los presuntos delitos.

Durante su primer examen periódico universal (EPU) ante el Consejo de Derechos Humanos de la ONU, en 2010, Irán aceptó la recomendación de estudiar la abolición de las ejecuciones de personas menores de edad en el momento del delito, que están expresamente prohibidas por la Convención sobre los Derechos del Niño.

Sin embargo, las autoridades iraníes han seguido llevando a cabo ejecuciones de este tipo. Asimismo, ahora han rechazado las recomendaciones que les formularon en el segundo EPU del país para que detuvieran la ejecución de las condenas de muerte impuestas a personas menores de 18 años en el momento del presunto delito.

“Condenar a Saman Naseem a muerte constituye un incumplimiento de las obligaciones jurídicas internacionales de Irán, en virtud de las cuales tiene absolutamente prohibido ejecutar a personas menores de edad en el momento del presunto delito”, ha añadido Hassiba Hadj Sahraoui.

“El anunció de su inminente ejecución el mes pasado suscitó indignación internacional, de personas de todo el mundo que reconocen que es ilegal y del todo inadmisible ejecutar a una persona que era menor de edad en el momento de su presunto delito.”

Saman Naseem, que estaba recluido en la prisión de Urmía, en el oeste de Irán, fue trasladado a un lugar desconocido el 18 de febrero, la víspera de su ejecución. Transcurrió entonces un largo mes de incertidumbre para su familia, que no sabía si estaba vivo o muerto, hasta que las autoridades han comunicado esta semana al abogado de Saman Naseem que la condena de muerte no se ejecutó.

No obstante, las autoridades se niegan a revelar el paradero de Saman Naseem. No se ha permitido a su familia visitarlo ni llamarlo por teléfono. Se halla recluido en condiciones que constituyen desaparición forzada, tipificada como delito por el derecho internacional.

“Es una auténtica crueldad por parte de las autoridades iraníes dejar que la familia de Saman Naseem siga sin saber absolutamente nada. Jugar así con los sentimientos de la familia es inhumano y degradante, además de un acto que constituye una violación de derechos humanos en sí mismo”, ha afirmado Hassiba Hadj Sahraoui.

La sesión del Consejo de Derechos Humanos de la ONU

Irán ha presentado a la ONU una lista de recomendaciones que ha aceptado o rechazado total o parcialmente, tras la sesión de octubre de 2014 en que el país fue sometido a examen. En la sesión del 19 de marzo del Consejo de Derechos Humanos de la ONU en Ginebra, se aprobará formalmente este documento final.

De las 291 recomendaciones sobre derechos humanos formuladas, Irán ha aceptado 130 totalmente y 59 parcialmente, y ha rechazado 102.
Entre las rechazadas figuran recomendaciones en la que se le insta a ratificar tratados clave de derechos humanos para proteger los derechos de las mujeres y los derechos de la infancia, poner fin a la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes y garantizar protección contra la desaparición forzada.

La gran mayoría de las recomendaciones que Irán ha aceptado están redactadas de manera muy general o imprecisa, y en muchos casos su aceptación no equivale más que a la promesa de considerar realizar cambios o continuar haciendo esfuerzos para realizarlos, no al compromiso concreto de aplicarlas.

Por ejemplo, Irán ha accedido a continuar tomando medidas para reforzar los mecanismos de protección de los derechos de las mujeres y de la infancia. Sin embargo, ha rechazado las recomendaciones de ratificar la Convención sobre Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y reconsiderar su imprecisa y excesivamente general reserva a la Convención sobre los Derechos del Niños, que excluye todas las disposiciones del tratado •incompatibles” con el derecho islámico.

“Al rechazar recomendaciones que les obligan a tomar medidas concretas, lo único que consiguen las autoridades iraníes es que sus concesiones con respecto a los derechos humanos parezcan gestos vacíos”, ha añadido Hassiba Hadj Sahraoui.
“Las promesas huecas no enmascaran la cruel realidad de que no están comprometidas con una verdadera reforma en materia de derechos humanos.”

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